Especialmente Arriendo de Casas o Cabañas Amobladas
Marcelo Viveros Cortés, Jefe de la Unidad Servicio de Impuestos Internos Panguipulli. 14/12/2011 Respecto de este tema, Marcelo Viveros Cortés señala que al tratarse de una materia de interés “el Servicio de Impuestos Internos informa a los habitantes de la comuna de Panguipulli, tanto del sector urbano como rural, que realicen actividades económicas esporádicas durante la temporada de verano 2011-2012, especialmente en lo que se refiere al ARRIENDO DE CASAS O CABAÑAS amobladas, que todas estas actividades se encuentran afectas al pago de Impuesto al Valor Agregado, por lo que deben regularizar la situaciones de las mismas, ya sea por medio del inicio de actividades correspondiente o en su defecto solicitando la tasación del Impuesto al Valor Agregado respectivo”, precisó. También indicó que “en el caso del arriendo de casas o cabañas no requiere autorización municipal”. “El incumplimiento de esta obligación será sancionado con multas que van desde el 100% al 300% del valor de las especies vendidas o del valor del arriendo pagado, multa establecida en el Art. 97 N°10 del Código Tributario”, puntualizó. Finalmente manifestó que “el horario de atención en las dependencias del Servicio es de 8:30 a 13:30 Hrs de lunes a viernes, tanto para la realización de consultas, dudas o para la atención que se requiera”. |